El buen tiempo en general y el verano particular marcan la época en la que más obras de reforma se realizan en las viviendas. Ya sea de menor o mayor importancia, toda obra de mejora puede conllevar algún tipo de inconveniente o daño en nuestra vivienda. Para paliar estos problemas, tenemos la figura del seguro del hogar, un producto esencial para proteger nuestro hogar, los bienes que allí tenemos o los daños que podamos ocasionar a nuestros vecinos. Pero ¿Y las reformas? ¿también las cubre?
El seguro de hogar es aquel seguro que de forma voluntaria (en España no existe obligatoriedad en su contratación), cubre los desperfectos que por diferentes riesgos puede sufrir todos los elementos de nuestro hogar, así como los daños que de forma involuntaria podamos ocasionar a personas u otras viviendas.
El seguro del hogar cubre tres elementos de nuestra vivienda:
Los riesgos que cubren son muy diversos. Muchos de ellos son evidentes, como el robo, incendio, daños eléctricos, por agua… pero hay otros que no son tan claros, como los que se pueden producir en el proceso de una reforma.
En primer lugar, hay que considerar dos motivaciones para realizar una reforma. La primera, directamente relacionada con el seguro, es decir, la que se realiza precisamente como consecuencia de un siniestro a modo de reparación. Estas obras a cargo del seguro están completamente cubiertas por el mismo.
En otro lado están las reformas que realizamos de forma voluntaria. Estas son las que un seguro de hogar puede que no cubra, y que es interesante analizar si vienen incluidas dentro de la póliza, al no considerarse derivadas de un uso normal de la vivienda, sino mejoras voluntarias. Además, no hay que olvidar que, cuando realizamos una reforma nosotros somos los promotores y, por tanto, aunque la empresa a la que hemos contratado las obras pueda ser el responsable directo de un posible daño a terceros, nosotros siempre seremos responsables subsidiarios.
Si nuestro seguro de hogar no cubre las reformas realizadas de manera voluntaria, debemos hacerlo de forma independiente. En primer lugar, garantizando que el constructor tenga un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que produzca. En segundo lugar, con una cobertura por parte del dueño de la vivienda, que especialmente asegure, no sólo nuestros daños propios, también todos los daños que podamos producir a terceros.