¿Se puede cobrar la jubilación y la viudedad a la vez en 2026?

Muchas personas se plantean esta duda ya que pueden encontrarse en situación de viudedad cuando alcanzan la jubilación. La buena noticia es que, en España, en 2026 sí se pueden cobrar ambas pensiones a la vez, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por la Seguridad Social. La compatibilidad entre ambas prestaciones permite a miles de personas mantener un nivel de ingresos más estable durante la vejez, algo especialmente importante en hogares que dependían de dos ingresos antes del fallecimiento de uno de los miembros.

 

 

En 2026, la pensión de jubilación y la pensión de viudedad son compatibles, siempre que se respeten los requisitos y límites establecidos por la Seguridad Social.

Esta compatibilidad contrasta con otras prestaciones que sí son incompatibles, como ocurre con la incapacidad permanente y la jubilación ordinaria. Por eso es habitual que existan dudas y temores sobre perder una de las pensiones al solicitar la otra. No obstante, cuando se trata de jubilación y viudedad, el sistema busca garantizar estabilidad económica siempre que el origen del derecho a la pensión sea legítimo y se cumplan las condiciones tanto del beneficiario como del causante de la pensión.

 

¿Son compatibles la pensión de jubilación y la de viudedad?

Sí, ambas pensiones son compatibles en la mayoría de casos. Esto significa que una persona puede cobrar su pensión de jubilación y, además, recibir la pensión de viudedad correspondiente al fallecimiento de su cónyuge o pareja de hecho dentro de los límites marcados por la normativa. Para que exista compatibilidad, la Seguridad Social analiza dos aspectos clave: la situación del causante (es decir, la persona fallecida) y la situación del beneficiario.

El derecho a la pensión de viudedad no depende de si quien la solicita está jubilado o no; depende de si cumple los requisitos legales y del estado de cotización del causante. Por tanto, que una persona ya esté jubilada no impide que obtenga la pensión de viudedad. Tampoco importa si el fallecido estaba trabajando, jubilado o inactivo en el momento de la muerte: lo relevante es que haya cumplido los requisitos de cotización o, en su defecto, que la muerte sea por accidente o enfermedad profesional.

 

¿Cuál es el límite máximo en 2026?

Aunque ambas pensiones son compatibles, existe un límite global que no se puede superar. En 2026, la suma de la pensión de jubilación y la pensión de viudedad no podrá superar la pensión máxima vigente, que para este año 2026 ha quedado fijado en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales.

Este límite actúa como tope para evitar que la suma de ambas prestaciones supere lo establecido como cantidad máxima que una persona puede recibir del sistema público. Si la suma de ambas pensiones supera dicho tope, la Seguridad Social realiza un ajuste para que el total quede dentro del límite. Es decir, no se pierden derechos, pero sí se reduce el exceso para ajustarse al máximo permitido.

Además, si existen hijos con derecho a pensión de orfandad, también se tienen en cuenta sus prestaciones dentro del límite global familiar. Esto no suele afectar a personas jubiladas de mayor edad, pero sí en algunos casos en los que el fallecimiento ocurrió cuando había hijos menores o con discapacidad.

 

Requisitos para cobrar la pensión de viudedad

Para compatibilizar ambas pensiones, primero es necesario cumplir los requisitos concretos de acceso a la pensión de viudedad. Estos requisitos se dividen entre los que debe cumplir el causante y los que debe cumplir el beneficiario.

 

Del causante (persona fallecida)

El causante debe haber estado en situación de alta en la Seguridad Social en la fecha del fallecimiento o haber cotizado al menos 500 días dentro de los últimos 5 años. También se reconoce el derecho cuando la persona fallecida había cotizado 15 años en total a lo largo de su vida laboral, aunque no estuviera de alta en ese momento. Si el fallecimiento ocurre por accidente o enfermedad profesional, no se exige ningún periodo previo de cotización.

Asimismo, es posible cobrar viudedad tanto si el fallecido estaba jubilado como si seguía trabajando. Incluso es compatible cuando la pareja era pareja de hecho antes del fallecimiento y se cumplan los requisitos legales.

 

Del beneficiario (viudo/a)

El beneficiario debe acreditar el vínculo matrimonial o la unión estable de pareja, así como no estar separado o divorciado salvo que estuviera recibiendo pensión compensatoria, en cuyo caso puede mantenerse la viudedad. También se admiten casos en los que uno de los cónyuges fallece por una enfermedad diagnosticada antes del matrimonio, siempre que este se hubiera celebrado al menos un año antes del fallecimiento.

También se exige demostrar que no se recibe otra pensión incompatible (como una no contributiva de invalidez). Además, se debe presentar la documentación obligatoria: certificado de defunción, libro de familia, acreditación de la convivencia (si aplica) y certificados de ingresos en ciertas situaciones.

Persona mayor sentada en una silla junto a una mesa, mirando hacia una ventana con vistas a un entorno natural

¿Cuánto se cobra de viudedad en 2026?

La pensión de viudedad en 2026 se calcula, igual que en años anteriores, aplicando un porcentaje sobre la base reguladora del causante. En la mayoría de los casos, ese porcentaje es del 52%, aunque puede aumentar hasta el 60% si el beneficiario tiene 65 años o más y no percibe otros ingresos relevantes. En situaciones especiales, como cuando existen cargas familiares (por ejemplo, hijos con derecho a pensión de orfandad), la cuantía puede llegar al 70%. Estas variaciones permiten adaptar la ayuda a las necesidades reales de cada familia, garantizando una mayor protección en los casos más vulnerables.

Además, en 2026 la viudedad continuará siendo una pensión compatible con la pensión de jubilación, siempre que la suma no supere la pensión máxima establecida ese año. Esto significa que la persona beneficiaria recibirá la cantidad completa de viudedad que le corresponda, sin reducciones, salvo cuando el conjunto de pensiones sobrepase el límite anual del sistema. De este modo, quienes pierden a su cónyuge no ven reducida su protección económica durante la vejez.

 

👉 ¿Te gustaría conocer tu pensión futura? Utiliza nuestra Calculadora de Pensiones y obtén una estimación en segundos.

 

¿Hay que solicitarlo expresamente?

Sí, la pensión de viudedad debe solicitarse expresamente y no se concede de manera automática, aunque la persona ya esté cobrando otra pensión. La solicitud puede realizarse tanto en línea como de forma presencial, y es necesario aportar la documentación que acredite la identidad del beneficiario, el fallecimiento del causante y la relación jurídica o de convivencia entre ambos. Presentar correctamente estos documentos es clave para que el trámite avance sin retrasos.

Solicitar la viudedad cuanto antes también es importante porque, aunque el derecho es retroactivo, los atrasos se calculan únicamente desde tres meses antes de la fecha de solicitud. Esto significa que retrasarse puede suponer la pérdida de cantidades que correspondían legalmente. Una vez estimada la solicitud, el beneficiario empezará a recibir la cuantía correspondiente sin afectar a su pensión de jubilación, salvo que entre ambas superen el límite máximo de 2026.

 

👉 ¿Ya tienes un Plan de Pensiones y gustaría conocer la forma más ventajosa de cobrar tu Plan de Pensiones? Utiliza nuestro Simulador de Rescate de Pensiones y descubre las opciones que mejor se adaptan a tu situación.