¿Cómo funciona la prejubilación y su compensación al empleado?

Jubilación anticipada y prejubilación

Jubilación anticipada y prejubilación son conceptos que muchas veces generan confusión e incluso se usan incorrectamente. La primera define la posibilidad de que un trabajador, bien por causas forzosas (como un ERE) o por causas voluntarias, pueda acceder a su pensión pública hasta con dos años de anticipación, siempre y cuando tenga un mínimo de años cotizados. En el año 2021 la edad legal de jubilación queda fijada en los 66 años, por lo que se puede anticipar a los 64. Cuando se eleve a los 67 años, será a los 65. En todo caso, esta opción conlleva una pérdida económica, ya que dependiendo de los años cotizados y lo que se anticipe la jubilación, se descontará un porcentaje de la pensión pública.

Sin embargo, muchas empresas permiten que el trabajador se retire de su actividad laboral antes a través de las prejubilaciones, en las que, a diferencia de la jubilación anticipada, es la propia empresa quien garantiza el pago de la compensación económica hasta llegada la edad de jubilación, que generalmente suele venir acompañada de una disminución en su salario.

 

Los dos pagos que normalmente realiza la empresa

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La prejubilación no existe como tal en derecho ni está definida como una categoría de la Seguridad Social. Una prejubilación es un acuerdo entre trabajador y empresa y, por ello, puede articularse de varias formas: cobrando una cantidad fija para todo el período o, lo más habitual, recibiendo una renta mensual, que suele ser inferior a su salario en el momento de estar activo. Es decir, desde el punto de vista legal, su régimen es como el de un trabajador en activo.

 

Pero, si estoy prejubilado, ¿sigo cotizando? La solución más usada es que la empresa negocie un convenio especial con la Seguridad Social a nombre del trabajador según el cual la empresa paga la cantidad igual a la cotización al ex empleado para que sea éste quien se lo abone a la Seguridad Social cada mes. Con ello, la empresa garantiza que, en el momento en que el trabajador se jubile, cobrará una pensión.

En estas circunstancias, la empresa debe realizar un desembolso importante hasta que el trabajador alcance la edad mínima de jubilación. En este caso, puede también optar como contraprestación al trabajador no sólo el desembolso monetario, sino también aportaciones a planes de pensiones u otros productos similares en los que conseguir un capital o renta que complemente la pensión que, además, suelen tener beneficios fiscales tanto para la empresa como para el trabajador. Además, las aportaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social pueden ser menores.

El objetivo final de la prejubilación está en compaginar los objetivos tanto de la empresa y del trabajador: el primero, reduciendo plantilla y sus correspondientes costes y el segundo, teniendo garantizados sus ingresos antes de obtener la pensión pública, pero también después.