¿Cómo funciona el plan PIVE en la Declaración de la Renta?

El Plan PIVE (Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente) fue creado para estimular a un mercado automovilístico que veía como se desplomaban sus ventas y que, gracias a su éxito, se lleva renovando año a año. Desde el ejercicio pasado está en vigor el Plan PIVE 8 y, a pesar de que ya se ha superado el nivel del millón de coches vendidos al año (cuando se creó apenas se vendían 600.000 euros), parece claro que se renovará para el 2016, en las mismas condiciones que las que están en vigor en la actualidad. ​​

Si hemos comprado un coche en 2015, es posible que hayamos obtenido una ayuda para su adquisición a través de este Plan PIVE. Sin embargo, esta ayuda no es del todo gratuita, ya que tendremos que tributar por ella al IRPF. Por esta razón, aunque hayamos tomado medidas para ahorrar en nuestra Declaración de la Renta, todo el ahorro previsto puede acabar siendo mucho menor si no tenemos en cuenta esta ayuda.    

Estas ayudas han sido más estrictas en lo económico que en años anteriores, debido a que su cuantía se ha reducido de 2.000 a 1.500 euros. De esta cantidad, destinada a la compra de un turismo que reemplace a un coche que acabará en un desguace, la mitad la sigue aportando el Estado y la otra mitad el concesionario.

Cómo, porqué y cuánto tributa el Plan PIVE en la Declaración de la Renta

Las dos partes en las que se divide el plan PIVE (que el cliente muchas veces no percibe, ya que sólo ve el descuento total) tienen un tratamiento fiscal muy distinto. La que aporta el concesionario no tienen ningún tipo de impacto fiscal, ya que es como un descuento que nos ofrece el vendedor. La que sí tributa es la parte que entrega el Estado que, en este último Plan PIVE, ascendía a 750 euros. En concreto, tendremos que incluir esta cantidad como “otras ganancias imputables no derivadas de transmisión patrimonial”, es decir, no como descuento sino como un recurso que nos proporciona el Estado y que, como tal, tiene que pagar impuestos.​

Este tipo de rendimientos no tributa a un tipo fijo, y dependerá de los ingresos del declarante. Por ejemplo, un contribuyente cuya renta haya sido de entre 25.000 y 50.000 euros, pagaría este año unos 180 euros. Para un tramo superior, por encima de los 50.000 euros, la cuantía se elevaría hasta los 290 euros en 2015. No hay que olvidar tampoco que los 1.500 euros en total es la cantidad estándar, pero que se dobla en el caso de familias numerosas o con discapacitados que compran un vehículo adaptado y por tanto también pagará el doble. 

Un Plan del que todos salen beneficiados

El resultado de esta tributación es que de cada 100 millones que aporta el Estado, recupera algo más de 30 millones sólo con en el IRPF. Pero no es la única vía en la que consigue ingresos, ya que cada coche que se vende genera el pago del Impuesto de Matriculación y especialmente el 21% del IVA, además del beneficio intangible de generación de nueva facturación y empleo para los concesionarios. 

Al Estado le salen las cuentas. Y al consumidor y contribuyente, también. Lo que no debe olvidarse es que nuestro vehículo costará un poco más, que pagaremos no cuando compremos el coche, sino cuando se liquide la Declaración de la Renta unos meses después, en concreto, de abril a junio del año siguiente. De hecho, aunque por el resto de los ingresos no tuviésemos la obligación de presentar la Declaración de la Renta, sí que tendremos que presentar la Declaración si nos hemos beneficiado del Plan PIVE.