¿Conoces cuáles son tus derechos como asegurado?

​Son dos partes las que firman la póliza del seguro: quien lo contrata, que será el tomador y la empresa aseguradora, que ofrecerá el servicio. Ambos tendrán sus obligaciones y sus derechos al firmar el contrato. De lo que aquí vamos a hablarte es de cuáles son tus derechos como asegurado y qué es lo que puedes y debes exigir a la compañía con la que vas a firmar tu seguro.

Antes de firmar el contrato de un seguro, probablemente, habrás pedido información a varias compañías (por lo menos es lo más recomendable); habrás negociado con ellas las condiciones del seguro y tendrás varias ofertas sobre la mesa antes de decidirte por una de ellas. Has de saber que esas ofertas no te obligan en nada, pero a ellos sí. Las aseguradoras están obligadas a mantener las condiciones que te han ofrecido, siempre que te hayan hecho una proposición de seguro que estará seguramente por escrito, durante un plazo de 15 días. Esta proposición recoge las condiciones económicas y técnicas que te ofrece la empresa para que las puedas estudiar. Pero tranquilo; si después de firmar nos damos cuenta de que alguna de las condiciones negociadas no está en el contrato tendremos un mes para reclamar.

En todo caso has de tener en cuenta que con el fin de proteger a los consumidores y usuarios de productos de seguros, la normativa de ordenación y supervisión de la actividad aseguradora exige a las entidades aseguradoras que con anterioridad a la celebración de un contrato de seguro, pongan a disposición del potencial tomador una serie de información.​

Durante el proceso de negociación y/o contrata​ción del seguro, la empresa nos habrá hecho una serie de preguntas y confirmaciones que nosotros estaremos obligados a responderlas con la verdad. Debemos aportar datos verídicos ya que, en caso contrario, la empresa podría rescindir el contrato.

Renovación del contrato

La mayor parte de los seguros se firman por un año, que suele ser también el tiempo en el que se paga la prima. Si decides no renovar el seguro tendrás un plazo mínimo de dos meses para comunicarlo a la empresa, puesto que si no lo haces, en la mayoría de los casos, se renovará de forma automática. En el caso contrario ocurre lo mismo; la empresa deberá informar con dos meses de antelación que no te renueva el contrato. Si lo quiere rescindir antes estará obligado a devolver la parte proporcional de la prima en función del tiempo que transcurra hasta su vencimiento.

Pago de la prima

Tenemos la obligación de pagar la prima y la aseguradora no puede rechazarla. En caso de que no paguemos la primera prima o si se trata de una prima única, el asegurador podrá rescindir el contrato. También puede suceder que nos retrasemos en el pago de las siguientes primas. En este caso, la aseguradora está obligada a darnos un mes de gracia durante el cual sigue en vigor el contrato y, por tanto, sus coberturas. Si pasado ese mes la aseguradora no nos reclama el pago, dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima el contrato queda anulado. Si se paga dentro de esos seis meses el contrato vuelve a estar en vigor 24 horas después de que se haya hecho efectivo el pago de la prima.

Cuando se produce un siniestro

El asegurado tiene obligación de comunicar el siniestro siete días después de tener conocimiento del mismo, salvo que el contrato establezca un plazo diferente. Si nos retrasamos en ese plazo la aseguradora no puede negarse a pagar la indemnización aunque sí que tendrá derecho a reclamarnos los daños y perjuicios que se hayan derivado de esa demora. 

Pago de la indemnización

La indemnización cuando se produce el siniestro puede ser a través de una cantidad a cuenta cuyo primer ingreso deberá adelantarlo en los 40 días siguientes a que la compañía reciba la declaración del siniestro o a través de la reparación o reemplazo del objeto dañado. En todo caso, la indemnización se pagará en función de los daños, pero con el tope máximo del valor asegurado.

En todo caso, antes de firmar cualquier seguro conviene leer bien las condiciones, qué coberturas nos ofrecen y qué es lo que nos exigirán en caso de tener que echar mano de él. ​