¿En qué consiste Solvencia II y cómo afecta a los seguros?

​Al igual que ocurre con otros ámbitos y sectores empresariales, el mundo del seguro ha evolucionado de manera constante a lo largo de las últimas décadas e, incluso, a lo largo de los últimos siglos. Este continuo cambio exige modificaciones normativas que adapten la legislación vigente a la realidad actual, con el fin de asegurar su sostenibilidad y la protección de los consumidores, entre otras muchas consideraciones.

​Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. Con estas premisas se ha implantado en enero de 2016 Solvencia II, que persigue básicamente dotar al sector del seguro y el reaseguro de un marco normativo específico que permita que las aseguradoras puedan operar reduciendo sus riesgos, aumentando su competitividad y mejorando el tip​o y la calidad del producto o servicio que ofrecen a sus clientes y usuarios.​

​¿Cómo se articula Solvencia II?

​En diciembre de 2009, se publicaba en​ el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva de Solvencia II, después de ser ratificad​a por el Parlamento y el Consejo Europeo. Esta directiva se rige por tres pilares fundamentales:

  • ​​Pilar I: implica, básicamente, una medición más rigurosa de los estados patrimoniales de la aseguradora (activo, pasivo y capital). Además, el nuevo marco normativo exige un análisis y cuantificación de los riesgos que presentan los diferentes tipos de operaciones y productos. Todos estos elementos está relacionados con los datos de los que dispone la compañía y de cómo se construye la información.

  • Pilar II: se refiere a los procesos de cualificación y supervisión por parte de las autoridades. Exige mecanismos de autoevaluación por parte de las propias aseguradoras de sus propias actividades. Una de las novedades más significativas es que, en la actualidad, es la aseguradora quien es responsable de demostrar su debida diligencia en el reporte y corrección de la información.

  • Pilar III: está relacionado con el suministro de información a los consumidores y supervisores. Presta especial atención a la transparencia en la gestión de todas las operaciones que lleven a cabo las compañías de seguros. Toda la información deberá publicarse en la web de la entidad durante cinco años, y el informe regular deberá ser remitido no solo al órgano de control, sino también la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, en formato electrónico cada tres años, indicando los cambios operados.

¿Cómo afecta al sector de los seguros?

​Como cualquier otro cambio regulatorio, Solvencia II supone una reestructuración casi integral de la legislación en torno al sector del seguro. ​En primer lugar, porque exige a las compañías aseguradoras a cambiar su metodología de trabajo para adaptarse a los cambios. Además, los nuevos requisitos en cuanto a su capitalización, análisis de riesgos en la comercialización de sus productos y supervisión por parte del órgano de control pertinente y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones facilitarán que las entidades sean mucho más solventes, y que las crisis no se lleven por delante a muchas de ellas.

Para el consumidor, Solvencia II supone acceder a toda la información necesaria de los productos de las aseguradoras. A mayor información, más y mejor competencia, lo que redunda en un aumento de calidad de los productos que se ofertan y un precio mucho más competitivo que hasta ahora. Esta competencia sana es lo que Solvencia II trata de estimular, exigiendo mayor transparencia al sector.

En resumen, con Solvencia II, que entró en vi​gor el pasado 1 de enero de 2016,​ las compañías aseguradoras han ganado en dinamismo, con una mayor y mejor protección al consumidor, que contará con más información y garantías sobre lo que contrate, y dotará a las aseguradoras de más robustez y solvencia.