Seguros de ahorro, opción a depósitos bancarios

​Si preguntáramos cuáles son los tipos de productos financieros más conocidos, posiblemente las respuestas serían casi siempre las mismas: depósitos y acciones, aunque algún avispado podría, incluso, mencionar algún producto más complejo como los productos derivados, pero no mucho más allá.

Sin embargo, nadie (o casi nadie) daría como respuesta los seguros. Y, al contrario de lo que pueda parecer, se trata de un producto de ahorro más, al mismo nivel que los depósitos a plazo fijo o los bonos del estado, aunque con una finalidad diferente. En algunos casos, además, como ocurre con los seguros de ahorro, están sustituyendo la baja rentabilidad que ofrecen los depósitos. Pero, ¿en qué consisten y por qué pueden convertirse en una alternativa atractiva?

¿En qué consisten los seguros de ahorro?

Como su propio nombre indica, se trata de un instrumento de ahorro que generalmente está garantizado al vencimiento del contrato. La compañía aseguradora ofrece una rentabilidad determinada a cambio de la prima pagada aunque, como ocurre con los seguros unit-linked, que se canalizan a través de renta variable, en ocasiones el riesgo corre a cargo del cliente y puede no existir una garantía a vencimiento.

En muchas ocasiones, y debido a los bajos tipos de interés que rigen el mercado en la actualidad, la rentabilidad garantizada es mayor que la que ofrece los depósitos a plazo fijo. Esta es la principal razón por la que un producto de este tipo está adquiriendo tanto protagonismo en España, pero no es la única característica que los diferencia.

Y es que, a diferencia de los depósitos bancarios, no tienen una garantía pública, al no estar cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos; ahora bien, la mayoría de estos seguros establecen en sus contratos un recargo del 0,15% de sus primas anuales para que el Consorcio de Compensación de Seguros​ pueda garantizar una parte del dinero destinado al seguro, al ser ésta la entidad que se ocupa de la liquidación de la aseguradora en caso de quiebra. En realidad, no existe una cantidad específica que sea objeto de cobertura por parte del Consorcio, y todo dependerá del resultado de esa liquidación.

¿Cómo tributa un seguro de ahorro?

A pesar de que, a priori, los rendimientos de un seguro de ahorro, entendiendo como tales la diferencia entre el capital percibido y las primas satisfechas, tributan como una renta del ahorro, la reforma fiscal ha establecido una serie de ventajas fiscales a la hora de contratar un seguro de ahorro a través de los nuevos instrumentos conocidos como Planes de Ahorro 5.

En concreto, si pasados cinco o más años desde que se realizó la primera aportación al seguro se mantiene la inversión en este producto, el rescate posterior está exento de tributación. Dicho de otro modo, pagaremos cero euros a Hacienda si rescatamos nuestro dinero una vez hayan transcurrido cinco o más años desde el primer pago de la prima, siempre y cuando las aportaciones anuales no superen los 5.000 euros y su denominación adopte la forma de Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP).

Entonces, ¿qué me conviene más? ¿Un depósito o un seguro de ahorro?

A pesar de que a simple vista pueden parecer similares, los seguros de ahorro tienen una serie de características que les hacen ser, en realidad, un tipo de producto diferente a los depósitos bancarios.

La primera de ellas es consecuencia de la propia definición de seguro, en el sentido de que incorpora algún tipo de garantía o indemnización en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado.

Es importante conocer qué comisiones y en qué cuantía va a aplicar la entidad aseguradora al comercializar y gestionar el producto, ya que pueden existir gastos comerciales y administrativos que encarezcan el producto y que reduzcan la rentabilidad real del producto de ahorro.

Además, hay que tener en cuenta que los seguros de vida suelen referirse al tipo de interés técnico garantizado, que es la rentabilidad asegurada utilizada en el cálculo de las primas. No se calcula sobre lo que paga el asegurado, sino sobre la cantidad que queda tras descontar los gastos administrativos y de comercialización del seguro y, en su caso, sobre la prima de riesgo asociada al fallecimiento, invalidez  y a coberturas adicionales (accidente, enfermedad grave, etc.).​

En cualquier caso, en caso de duda, y al tratarse de un producto más complejo que los depósitos bancarios, lo recomendable es contratar los servicios de un asesor financiero que nos indique qué producto se adapta mejor a nuestras necesidades y circunstancias personales. Es una práctica que nunca está de más, y que puede hacer que el gasto por pagar los honorarios del profesional acabe convirtiéndose en una inversión.