¿Cuánto cobra un autónomo estando de baja laboral?

¿Cuáles son los requisitos para acceder a una baja laboral?

Un trabajador autónomo es una persona que se dedica a una actividad económica por cuenta propia, sin estar vinculado a un empleador. Sin embargo, están expuestos a los mismos riesgos que los asalariados, entre los cuales se encuentra la posibilidad de sufrir una baja laboral.

 

La Seguridad Social contempla esta eventualidad, y ofrece a los trabajadores autónomos una cobertura en caso de baja por incapacidad temporal. Pero, ¿Cuáles son los requisitos y cómo se accede a la baja laboral siendo autónomo? A continuación, te explicamos todos los detalles.

Requisitos para acceder a la baja laboral siendo autónomo

A la hora de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los trabajadores por cuenta propia deben cotizar de forma obligatoria a la Seguridad Social por contingencias comunes y contingencias profesionales con carácter general. Eso sí, existen algunos supuestos en los que no será obligatorio hacerlo, como es el caso de los autónomos en pluriactividad, los autónomos TRADE o los trabajadores incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

 

Al cotizar por estas dos coberturas, el autónomo tiene derecho a una prestación por incapacidad temporal en caso de que el trabajador quede de baja laboral. Eso sí, para tener derecho a esta prestación, se deben reunir una serie de requisitos:

  • Para poder recibir la prestación por enfermedad común, será necesario estar en situación de alta o asimilada y haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 5 años. Además, será necesario estar al corriente de las cuotas de la Seguridad Social. 
  • En el caso de que el autónomo haya sufrido un accidente de trabajo, se podrá recibir la prestación cuando este haya tenido lugar como consecuencia directa e inmediata que realiza el trabajador, además de los accidentes ocurridos en los desplazamientos al lugar de trabajo. 
  • Las enfermedades profesionales son aquellas que se contraen como consecuencia del trabajo por cuenta propia, y aprobadas por la Seguridad Social en el cuadro de enfermedades profesionales.

¿Cuánto cobra un autónomo en caso de baja laboral? 

La cuantía de la prestación depende de la base reguladora y del tiempo previsto de baja. Así, se aplicarán las siguientes correcciones:

  • Cuando se trate de una enfermedad común o de un accidente no laboral, se aplicará el 60% de la base reguladora desde el día 4 al 20 de la baja, y el 75% de la base reguladora a partir del día 21 de la baja.
  • En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional se aplicará el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja.


Durante el periodo de incapacidad temporal, el autónomo deberá seguir cotizando en el
RETA. Esto ocurrirá hasta el segundo mes de baja, cuando el autónomo no tendrá que continuar haciendo frente a la cuota de autónomos hasta el momento en que finalice la baja. En este caso, se hará cargo en su lugar la Mutua colaboradora. 

¿Cuánto tiempo puede estar un autónomo de baja?

Con carácter general, el período máximo en el que un autónomo podrá recibir la prestación por incapacidad temporal es de 12 meses. Esta duración podrá prorrogarse por otros 6 meses adicionales, siempre que se demuestre que no está en condiciones óptimas para el ejercicio de su trabajo.

 

En este caso, será el facultativo correspondiente quien supervise la recuperación del profesional y expedirá los certificados necesarios para prorrogar el subsidio.

Pasos y documentación a presentar para recibir la prestación de baja laboral

Para que el autónomo pueda recibir la prestación por baja laboral, debe seguir una serie de pasos y reunir una determinada documentación:

  1. 1. Rellenar la solicitud de incapacidad temporal firmada por un autónomo.
  2. 2. Declaración de situación de actividad: mediante declaración jurada, el autónomo expondrá cómo queda la actividad durante su baja temporal. Si dispone de un establecimiento comercial, deberá dejar claro si se cierra o si otra persona queda al cargo, ya sea un familiar u otro empleado.
  3. 3. Como documentación principal, el autónomo deberá presentar el DNI o el NIE, así como el justificante de pago de las cuotas de autónomos de los tres últimos meses, y los partes de baja y confirmación de la baja.

Plazos y notificaciones de baja siendo autónomo

Una vez se haya confirmado la baja laboral, el autónomo dispone de 15 días a partir de la fecha de baja para notificar a la Seguridad Social la situación de incapacidad temporal y la situación en la que queda la actividad. En caso de que no se presente esta declaración en este plazo máximo, se suspenderá el pago de la prestación.

 

En resumen, existen unos requisitos para que un autónomo pueda acceder a la baja laboral. En cualquier caso, es recomendable consultar con un asesor fiscal o de seguridad social para obtener información más detallada y estar seguro de cumplir con todos los trámites necesarios.

 

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