Estas son las ventajas de darte de alta como autónomo

Darse de alta como autóno​mo para ejercer una profesión aporta una serie de ventajas que no siempre son identificadas a la primera. Donde unas personas ven el pago de la cuota de afiliación a la Seguridad Social como un gasto, en realidad es una forma de previsión para tener unos derechos futuros muy importantes, como son el acceso gratuito al sistema público de sanidad y la percepción de una pensión cuando llegue el momento de la jubilación, entre algunas otras.

Las ventajas de ser autónomo: cobertura de contingencias comunes y pensión de jubilación

Ser autónomo supone ser tu pr​op​​ia empresa y, por tanto, marcar tu camino como profesional. Eso incluye también las decisiones relativas a las prestaciones y coberturas que como trabajador se quieran disponer a corto y largo plazo.

El pago de la cuota de la Seguridad Social, sea de la cuantía que sea, da derecho a la cobertura sanitaria, siendo la puerta de acceso para que el trabajador y  su familia accedan a las prestaciones y servicios de la sanidad pública. Esto incluye cobertura para ser atendido en caso de contingencias comunes y accidentes de trabajo, aunque no contempla una cobertura de ingresos​ en caso de baja por cualquiera de los dos motivos.

Para poder cubrir el riesgo de que un accidente o una enfermedad puedan poner en peligro los ingresos de un autónomo, existe la opción de contratar un seguro que cubra una cantidad en caso de baja por uno de estos motivos.

Además, los trabajadores autónomos cuentan con un sistema específico de protección voluntario por cese de actividad. Esta prestación comprende un abono mensual si el autónomo deja de trabajar y, al mismo tiempo, una cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. 

Además de estas, las trabajadores autónomas tienen la posibilidad de acceder a prestaciones específicas por riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.

¿Cuánto hay que pagar en cada caso?


Por otra parte, el pago de la cuota de la Seguridad Social es fundamental para el trabajador autónomo en el largo plazo, ya que debe pensar en su pensión de jubilación. La cuota a pagar puede oscilar en función de si se cotiza por la base mínima (que a partir de julio de 2017 es de 919,80 euros, sin contar descuentos temporales en casos particulares) y la máxima (3.751,20 euros), siendo la cantidad acumulada a lo largo del tiempo la que marcará la pensión que podrá recibir, que se calculará sobre la base mínima y máxima.

En función de las coberturas que el trabajador desee, tendrá que pagar más o menos cuota. Por ejemplo:

  • El tipo de cotización con incapacidad temporal es del 29,80%.
  • Sin incapacidad temporal es del 26,80%. 
  • Y si adicionalmente queremos la cobertura de cese de actividad, el tipo será de un 2,20% adicional, en total, 31.50%, pues el cese de actividad permite rebajar la base 0,5 puntos porcentuales. 
  • A todo ello habría  que añadir un 0,10% más para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y durante la lactancia. 

 

Por ejemplo, un trabajador que quisiera cotizar por IT y cese de actividad, y su base fuese la base mínima, tendría que pagar una cuota de 289,73 euros al mes, resultado de aplicar la base de 919,80 al tipo de 29,30 + 2,20 %.

Se estima que alrededor de un 86% de los trabajadores autónomos pagan la cuota mínima y, por tanto, en el momento de su jubilación tendrán derecho a una pensión reducida. Esta base de cotización se puede modificar libremente hasta la edad de 48 años.

Para poder tener derecho a una pensión de jubilación, se exige que el pago de la cuota se haya hecho al menos durante 15 años, plazo que se incrementará a partir de 2025 hasta los 25 años de cotización.

Así son las cosas. Pagar la cuota de autónomos de la Seguridad Social puede ser visto como un problema, dado que requiere un importante esfuerzo al trabajador, pero la realidad es que ofrece ventajas a corto y largo plazo. Por eso conviene pensar bien lo que se hace y elegir entre pagar más cada mes para poder optar a una pensión de jubilación mayor, o bien contratar un producto de ahorro, como un plan de pensiones​,  y riesgo bajo o moderado, que permita asegurar una jubilación digna.​