¿Los autónomos pagan más cotizaciones que los asalariados?

​En España, existe la creencia generalizada de que los autónomos pagan muchos impuestos, especialmente si lo comparamos con los que pagan los asalariados. Y tienen razón en parte, pues los autónomos, además del IRPF, tienen que liquidar la parte del IVA correspondiente a las facturas que emiten a sus clientes (aunque este impuesto, en realidad, se esté repercutiendo).

Pero, ¿qué ocurre en el caso de las cotizaciones sociales? Sabemos que los autónomos pueden elegir su base de cotización y que, en base a ella, pagan más o menos cuota a la Seguridad Social, con independencia de sus ingresos. Esta circunstancia es vista muchas veces como injusta, pues la cuota mensual hay que pagarla incluso teniendo pérdidas y, en cualquier caso, es más elevada que otros países de nuestro entorno.

Pero, ¿pagan más los autónomos que los asalariados en cotizaciones sociales? Estos son los números.

La Seguridad Social de los asalariados

A diferencia de los autónomos, los trabajadores asalariados no escogen su base de cotización libremente, aunque al igual que aquellos, existe una horquilla entre un mínimo y un máximo que establece el Régimen General de la Seguridad Social.

Por ejemplo, la base de cotización por contingencias comunes se calcula teniendo en cuenta la remuneración total del asalariado, incluyendo el salario monetario y en especie (en este concepto entran, por ejemplo, los tickets restaurante), y el prorrateo de las pagas extra. Por ejemplo, para un salario bruto anual de 22.000 euros en 14 pagas y 1.200 euros anuales en tickets restaurante, la base de cotización se calcula de la siguiente forma:

  • Remuneración total mensual = (22.000 / 14) + (1.200 / 12) = 1.671 euros brutos.

  • Prorrateo pagas extra = (22.000 / 14) / 6 = 261,90 euros.

  • Base de cotización = 1.671 + 261,90 = 1.932,9 euros.

Por tanto, un asalariado con un sueldo neto de poco más de 1.250 euros netos mensuales tiene una base de cotización a la Seguridad Social de casi 2.000 euros, cuando el trabajador autónomo podría elegir su base de cotización mínima de 893,10 euros (en 2016). De hecho, esto es lo que hacen el 86% de los trabajadores por cuenta propia. Esto marca una diferencia de aproximadamente 1.100 euros al mes.

Pero, ¿qué pasa con la cuota mensual?

Sin embargo, las demandas y preocupaciones de los autónomos no están tanto en la base de cotización como en la cuota mensual a pagar. Si nos fijamos en cualquier nómina, podría parecer que el asalariado tiene que soportar un tipo de cotización mucho menor al de los trabajadores autónomos y, por tanto, un pago en cotizaciones mucho menor.

Nada más lejos de la realidad. El Régimen General de la Seguridad Social tiene unos tipos de cotización similares al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Sin embargo, ni en el salario bruto anual ni en la nómina se refleja el coste que tiene un empleado para la empresa, pues no está reflejada la Seguridad Social a cargo de esta.

En el ejemplo anterior, la Seguridad Social total que pagará un trabajador al mes, tanto por su cuenta como por cuenta de la empresa, se calculará del siguiente modo:

  Base de cotización Tipo empleado Cuota empleado Tipo empresa Cuota empresa Total

Contingencias Comunes

1.932,9 €

4,70%

90,84 €

23,60%

456,16 €

547 €

Formación Profesional

1.932,9 €

0,10%

1,93 €

0,60%

11,60 €

13,5 €

Desempleo

1.932,9 €

1,55%

29,95 €

5,50%

106,31 €

136 € 

FOGASA

1.932,9 €

No cotiza

No cotiza

0,20%

3,86 €

3,86 €

Total

1.932,9 €

6,35%

122,72 €

29,9%

577,94 €

700 € 


La diferencia es notable. Mientras un trabajador autónomo que cotice solo por contingencias comunes podría pagar una cuota mensual de unos 264 euros si decide cotizar por la base mínima, la cotización del trabajador asalariado constituye más del doble. Además, mientras el trabajador asalariado está obligado a cotizar por algunos conceptos como formación o desempleo, obligatorios en el Régimen General, son voluntarios en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Aunque, para ser justos, a igualdad de bases de cotización y de conceptos por los que cotizan, pagarían más o menos lo mismo. Lo que sí es cierto es que la mayor parte de la carga social que tiene que asumir un asalariado la asume su empleador, a diferencia del autónomo, que recae toda en él.