¿Qué pasa si me equivoqué en el formulario del seguro de vida?
El cuestionario previo que se realiza antes de contratar un instrumento de previsión tan necesario e importante como el seguro de vida tiene una enorme importancia, ya que con él se valora el riesgo, si se incluye alguna cláusula o limitación y, por supuesto, si se aprueba o no la contratación. En este proceso, la responsabilidad recae en el tomador del seguro, que es quién debe responder de forma veraz y sin omitir ninguna información que conozca y que pueda influir en la valoración del riesgo. Por su parte, la aseguradora debe incluir todo lo que considere relevante en este cuestionario, no puede realizar preguntas posteriores ni tampoco negarse a indemnizar al asegurado basándose en preguntas que no se incluyeron en el cuestionario de salud.
En caso de que haya falta de información o inexactitudes, habrá dos posibles circunstancias, distinguiéndose entre si ha habido intencionalidad o no por parte del tomador del seguro.
Inexactitudes cometidas sin intencionalidad
En el momento de conocer este error en el cuestionario de salud la aseguradora tiene un mes para cancelar el producto exigiendo sólo el pago de las primas consumidas hasta el momento de cancelación del seguro. Si no lo cancela en este plazo, el seguro se mantiene vigente y la compañía no podrá negarse a indemnizar por esta circunstancia.
Otra posibilidad es que se produzca un siniestro sin que el asegurador haya rescindido el contrato, porque no haya tenido tiempo o porque desconozca este error. En este caso, el asegurador podrá reducir el importe de la indemnización de acuerdo con la proporción que representen las primas acordadas en la póliza con respecto a las que habría debido pagar de no haberse producido tal error.
Un caso especial es el error en la edad. Si el error en el cuestionario afecta a la edad del asegurado, el asegurador sólo podrá impugnar el contrato si la edad verdadera del asegurado en el momento de entrada en vigor del contrato excede de los límites máximos de admisión establecidos por el contrato o la entidad aseguradora, tomando como base los siguientes dos supuestos:
- Si la prima pagada como consecuencia de haber declarado una edad distinta a la verdadera es inferior a la que correspondería de acuerdo con la verdadera edad, el importe de la indemnización se reducirá en proporción al importe que represente la primera de estas primas sobre la segunda.
- Si la prima pagada como consecuencia de haber declarado una edad distinta a la verdadera es superior a la que correspondería de acuerdo con la verdadera edad, el asegurador deberá devolver al asegurado el exceso de primas.
En los demás casos, no se podrá impugnar el contrato.
Cuando existe intencionalidad
Si las inexactitudes se producen con la intención de engañar a la compañía aseguradora o con una falta extrema de diligencia, el asegurador, en el momento de conocerlas, puede rescindir el contrato en el plazo de un mes desde que conoce las citadas circunstancias. Si no lo hace en ese plazo, no podrá hacerlo en un futuro y se entiende que los vicios quedan sanados.
Sin embargo, si ocurre el siniestro mientras el contrato sigue vigente, la diferencia con el supuesto sin intencionalidad es muy importante. Ya sea porque no se conocen las inexactitudes o bien porque no ha concluido el plazo para la rescisión de un mes, el asegurador no estará obligado a satisfacer ninguna indemnización a sus beneficiarios.
En definitiva, debemos tomar el tiempo suficiente para rellenar el cuestionario de forma exacta, consultar cualquier duda con nuestra compañía aseguradora para no cometer error y siempre proporcionando la información de forma veraz.