Cambiar el seguro de hogar vinculado a la hipoteca: ¿Cómo hacerlo?
¿Se puede cambiar el seguro vinculado a la hipoteca a otra compañía?
Las hipotecas son el principal instrumento de financiación para la compra de una vivienda. Según la Estadística de Hipotecas, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, solo en el mes de noviembre de 2022 se inscribieron un total de 39.304 hipotecas sobre viviendas, con un crecimiento del 9,3% en tasas anuales.
Antes de contratar una hipoteca surgen numerosas dudas, algunas de ellas relacionadas con el préstamo y otra con el resto de productos asociados a su firma. Entre ellos, destaca el seguro de hogar, cuya contratación corre mayoritariamente a cargo de las entidades financieras. Pero, ¿se puede cambiar el seguro de hogar vinculado a la hipoteca a otra compañía? Te lo contamos.
Seguro de hogar, ¿es obligatorio a la hora de firmar una hipoteca?
La respuesta corta es sí. Aunque en la legislación española no se cita de manera explícita que las viviendas deban contar con un seguro de hogar, sí que existe un precepto en el que se hace alusión a la obligatoriedad de suscribir un seguro de daños sobre la vivienda hipotecada.
En concreto, el artículo 10.1 del Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, establece que los bienes sobre los que se constituya la garantía hipotecaria deberán contar con algún tipo de seguro contra daños, adecuado a la naturaleza de los mismos. Dicho de otro modo, es obligatorio tener contratado un seguro de hogar que, al menos, tenga protección básica contra un incendio si la vivienda está bajo régimen hipotecario.
En la práctica, las aseguradoras no suelen ofrecer pólizas tan básicas, por lo que cualquier póliza de seguro de hogar que existen en el mercado en la actualidad sería, en principio, suficiente para cumplir con las exigencias legales.
Pero, ¿el seguro de hogar tiene que estar contratado con la misma entidad financiera?
Aunque estés obligado a suscribir un seguro de hogar sobre tu vivienda hipotecada, no tienes por qué hacerlo con la misma entidad con la que tienes firmada tu hipoteca. Es más, con la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, más conocida como la nueva ley hipotecaria, se prohibieron las ventas vinculadas. Es decir, los bancos no pueden obligar a sus clientes a contratar ningún tipo de seguro con ella, ni utilizarlo como condición para concederla.
Eso sí, la Ley sí permite las ventas combinadas, a través de las cuales la entidad puede ofrecer mejores condiciones a sus clientes en sus hipotecas si contratan los seguros a través de ellos. En este supuesto, el banco debe ofrecer proporcionar al cliente las dos ofertas por separado: la oferta sin el descuento y la oferta con el descuento, para que el cliente pueda tomar una decisión informada.
¿Se puede cambiar el seguro de hogar a una hipoteca? Pasos a seguir
Aunque las entidades pueden comercializar seguros con la hipoteca, también debe admitir la contratación de seguros con entidades externas. De hecho, si la oferta no convence al cliente, tendrá la libertad de irse a otra compañía aseguradora para encontrar la oferta que mejor se ajuste a sus circunstancias.
Pero, ¿qué ocurre cuando ya se había contratado el seguro con el banco? ¿Se puede cambiar a otra entidad que ofrezca mejores condiciones? La respuesta es sí. Para ello, el prestatario debe seguir una serie de pasos:
- 1. El primer paso es conocer la fecha de vencimiento de la póliza. Si quieres cambiar de una entidad a otra, deberás comunicar al banco tu deseo de no renovarla con, al menos, un mes de antelación. Si no notificas nada, la póliza se renovará de forma automática y tendrás que esperar al nuevo vencimiento.
- 2. Una vez hayas manifestado tu intención de no renovar tu póliza, puedes comenzar a buscar un nuevo seguro de hogar con la compañía que te ofrezca las condiciones que mejor se ajuste a tu perfil.
- 3. Presenta la nueva póliza ante tu banco. Aunque la entidad bancaria donde tengas firmado el préstamo hipotecario no puede obligarte a que contrates su seguro de hogar, sí puede obligarte a que presentes la documentación sobre la nueva póliza para cumplir con las exigencias legales.
Hay que tener en cuenta que la nueva póliza debe entrar en vigor el mismo día del vencimiento de la póliza anterior, por lo que hay que tener especial cuidado con los tiempos, sobre todo para evitar tener que pagar dos pólizas al mismo tiempo. En este caso, es importante acordar con la nueva aseguradora que la fecha de inicio de la nueva póliza entre en vigor en una fecha contable.
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