Siete formas de pagar menos en tu cuota mensual si eres autónomo

Reduce gastos en el pago de tu cuota mensual si eres autónomo

Ser trabajador por cuenta propia no es tarea nada sencilla. ​Además de cumplir con nuestro trabajo de forma profesional, tenemos que hacer frente a una serie de obligaciones con la Administración. Entre ellas,​ la más complicada (y la que más quebraderos de cabeza da) es, sin duda, el pago de la cuota de autónomos a la Seguridad Social.

En España, la mayoría de los autónomos cotizan por la base mínima. En consecuencia, todos estos trabajadores tienen que realizar un abono mensual a la Seguridad Social de unos 294 euros durante 2022, con independencia de sus ingresos mensuales. Se trata de un pago que, en determinadas circunstancias, puede reducirse. Por eso, hoy te presentamos algunas situaciones en las que puedes ahorrar en el pago de tu cuota.

Tarifa plana de autónomos​

​Durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025 los nuevos autónomos pueden beneficiarse de una cuota mensual a la Seguridad Social de 80 euros, independientemente de sus ingresos, durante los 12 meses de actividad..

​​Existen una serie de requisitos para poder beneficiarnos de estas reducciones:

  •  No haber estado dado de alta como autónomo los dos años anteriores.
  •  No ser autónomo colaborador.
  •  No haber recibido una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, en los últimos tres años.
  •  No tener deudas pendientes con Hacienda y la Seguridad Social.

Tras este periodo inicial de tarifa plana de 80 euros, el autónomo pasará a cotizar en función del tramo de cotización que le corresponda.

Autónomos colaboradores

Los autónomos colaboradores son profesionales que trabajan en el negocio de un familiar con consanguineidad directa. Están obligados a darse de alta como autónomos pudiendo beneficiarse de una reducción del 50% en la cuota durante los primeros 18 meses y del 25% los seis meses restantes hasta que se cumplan dos años.

Bonificación por cese de actividad por maternidad, paternidad y situaciones asimiladas

​​En caso de situaciones de cese de actividad o descanso del trabajador autónomo motivadas por situaciones de maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, el autónomo tiene derecho a una bonificación que ascenderá al 100% de la cuota por contingencias comunes durante el período que dure el cese de actividad.

No obstante, esta bonificación estará subordinada a la contratación de un trabajador que se encuentre en situación de desempleo con contrato de interinidad bonificado que sustituya al autónomo durante ese período.

Autónomos mayores de 65 años

Los trabajadores autónomos que tengan 65 o más años y acrediten, al menos, 38 años y seis meses de cotización, podrán disfrutar de una exoneración de cuotas, salvo en el supuesto de incapacidad temporal y en su caso por contingencias profesionales.

Aquellos trabajadores autónomos que reúnan estos requisitos, por tanto, quedarán liberados del pago de la cuota a la Seguridad Social.

​Estas son algunas formas de reducir la cuota a la Seguridad Social, aunque no las únicas. La Seguridad Social pone a disposición de todos los trabajadores autónomos una lista de todas las bonificaciones que existen en la actualidad con el fin de que cualquiera pueda encontrar la que mejor le conviene.​​