Los seguros de vida son una forma importante de proteger a tu familia en caso de fallecimiento. Pero, además, también pueden ser una buena opción para reducir el importe de tus impuestos. Porque sí, los seguros de vida también desgravan en tu declaración de la renta, aunque con ciertas condiciones y límites.
A continuación, te explicamos cómo el seguro de vida desgrava en la declaración de la renta, qué requisitos debes cumplir y cuáles son los límites máximos de deducción.
En España, un seguro de vida desgrava en la declaración de la renta siempre que se cumplan las siguientes circunstancias:
Básicamente, existen tres supuestos que dan derecho a deducción en la declaración de la renta: cuando el seguro de vida está vinculado a un plan de ahorro, cuando se encuentre vinculado a una hipoteca o si eres autónomo.
El primer supuesto que permite deducirse un seguro de vida en la declaración de la renta es si este se encuentra vinculado a un plan de ahorro. En este caso, la desgravación es muy similar a la de un plan de pensiones, aunque la cantidad que permite deducción dependerá de la edad del contribuyente:
Aunque no es obligatorio contratar un seguro de vida cuando se suscribe una hipoteca, muchas entidades sí ofrecen bonificaciones si se hace. Y, en este caso, es un producto que también es deducible en la declaración de la renta, siempre que se cumplan los supuestos que dan derecho a desgravar la hipoteca.
Es decir, podrás desgravarte hasta el 15% de las cantidades satisfechas a la compra de la vivienda habitual con hipoteca, con un límite máximo de 9.040 euros y siempre que hayas adquirido la casa antes del 1 de enero de 2013. En este importe se incluye la prima del seguro de vida asociado a la hipoteca.
Es decir, si, por ejemplo, una persona ha amortizado 5.000 € en su hipoteca y, además, ha pagado otros 100 € adicionales por el seguro de vida vinculado a esta, tendrá derecho a deducirse un total de 765 € (el 15% de 5.100 €) en su declaración de la renta por este concepto.
Los trabajadores por cuenta propia que contraten un seguro de vida podrán desgravarse las primas satisfechas durante el ejercicio, siempre que esté vinculado a su actividad habitual.
Eso sí, en este caso existe un límite, tal y como ocurre con los seguros médicos. Este límite está establecido en los 500 € o 1.500 €, en caso de un autónomo con discapacidad. Es decir, la base imponible del autónomo (la cantidad sobre la que pagan impuestos) se verá reducida en esta cantidad.
Si cumples con las condiciones para deducirte el seguro de vida, tendrás que informar sobre las primas satisfechas en el programa Renta Web de la declaración de la renta. Dependiendo de cuál sea la circunstancia que da derecho a desgravación, deberás informarlos en una u otra casilla. Estas son:
Asimismo, en determinados supuestos, estas cantidades varían dependiendo de la edad del asegurado, como en el caso del plan de ahorro.