¿Tengo que presentar el modelo 720?
El Modelo 720 es una
declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero cuya presentación es obligatoria para los contribuyentes del IRPF bajo ciertas circunstancias.
Con el fin de facilitarte las cosas, en tu Área de Clientes encontrarás información y documentación que te ayudarán a cumplimentar el formulario. Además en
www.nnespana.es encontrarás las preguntas frecuentes sobre el extracto anual de tu Cuenta de Ahorro Online.
La legislación fiscal actual, solo te exige que proporciones información a las autoridades fiscales españolas sobre las cuentas de ahorro que se encuentren en el extranjero, por medio de la presentación del
Modelo 720 en los siguientes tres casos:
- Si el valor total de todas tus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero (o el importe medio de su saldo durante el último trimestre del año), y mantenidas a 31 de diciembre, supera los 50.000€.
- Si, una vez presentado el modelo 720 respecto de tus cuentas financieras, se produce un aumento en el saldo de tus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero de más de 20.000 € en comparación con el último saldo declarado a través del Modelo 720.
- Si se ha cancelado una cuenta situada en el extranjero declarada en un Modelo 720 correspondiente a un ejercicio previo.
En caso de que la Cuenta de Ahorro Online tenga varios titulares, y siempre que se den las circunstancias anteriores, cada uno de los titulares estará obligado a declarar en el modelo 720 los saldos totales de la Cuenta de Ahorro Online sin prorratear, indicando el porcentaje de participación del que sea titular sobre los fondos existentes.
La presentación del Modelo 720 debe realizarse siempre de forma telemática. El
plazo de presentación comienza el 1 de enero y finaliza 31 de marzo del año siguiente a aquel en que se haya producido una o algunas de las circunstancias que obligan a informar.
Si aún tienes dudas, puedes encontrar más información sobre el Modelo 720 en el siguiente
enlace. Dada la complejidad que puede tener en ocasiones el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Modelo 720, y las sanciones y costes que acarrea su incumplimiento o cumplimiento defectuosos, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal tu caso particular.