Tributación de cuentas en el extranjero
Información sobre las implicaciones fiscales de cuentas bancarias en el extranjero
Implicaciones Fiscales de las Cuentas Bancarias mantenidas en el extranjero
¿Tienes una Cuenta de Ahorro Online?
Esto es lo más importante sobre fiscalidad
Si has tenido la buena idea de contratar una Cuenta de Ahorro Online de Nationale-Nederlanden, ya sabes que es una cuenta flexible, sin comisiones, sin costes y sin cantidad mínima, que ofrece uno de los tipos de interés más altos del mercado. También sabes que, si bien está vinculada a tu cuenta bancaria habitual, es una cuenta de ahorro situada en el extranjero ya que Nationale-Nederlanden Bank es una entidad de crédito que se encuentra domiciliada en los Países Bajos.
A continuación, te resolvemos algunas de las dudas que te pueden surgir respecto a la fiscalidad de la cuenta y la declaración de los intereses que te ha generado.
¿Tengo que declarar mi cuenta a la Agencia Tributaria?
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Nationale-Nederlanden Bank no ha aplicado ninguna retención a cuenta de tu Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”), en relación con los intereses derivados de la Cuenta de Ahorro Online que te han sido abonados.
Estos intereses constituyen rendimientos del capital mobiliario a los efectos de la declaración del IRPF. Debes tener en cuenta estos rendimientos a la hora de hacer tu declaración de la renta cada año. Con el fin de facilitarte las cosas, Nationale-Nederlanden Bank te proporcionará cierta información que te ayudará a cumplimentar tu declaración del IRPF con los rendimientos obtenidos de la cuenta.
A continuación te presentamos un ejemplo práctico de como hacer la declaración en la autoliquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de los intereses percibidos por la titularidad de una cuenta de ahorro situada en el extranjero.
▸Ver ejemplo prácticoEn caso de que la Cuenta de Ahorro Online tenga varios titulares, los rendimientos obtenidos se atribuirán a cada uno de los titulares en función de su porcentaje de propiedad sobre los fondos existentes en la Cuenta de Ahorro Online.
¿Tengo que presentar el modelo 720?
El Modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero cuya presentación es obligatoria para los contribuyentes del IRPF bajo ciertas circunstancias.
Con el fin de facilitarte las cosas, en tu Área de Clientes encontrarás información y documentación que te ayudarán a cumplimentar el formulario. Además en www.nnespana.es encontrarás las preguntas frecuentes sobre el extracto anual de tu Cuenta de Ahorro Online.
La legislación fiscal actual, solo te exige que proporciones información a las autoridades fiscales españolas sobre las cuentas de ahorro que se encuentren en el extranjero, por medio de la presentación del Modelo 720 en los siguientes tres casos:
- Si el valor total de todas tus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero (o el importe medio de su saldo durante el último trimestre del año), y mantenidas a 31 de diciembre, supera los 50.000€.
- Si, una vez presentado el modelo 720 respecto de tus cuentas financieras, se produce un aumento en el saldo de tus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero de más de 20.000 € en comparación con el último saldo declarado a través del Modelo 720.
- Si se ha cancelado una cuenta situada en el extranjero declarada en un Modelo 720 correspondiente a un ejercicio previo.
En caso de que la Cuenta de Ahorro Online tenga varios titulares, y siempre que se den las circunstancias anteriores, cada uno de los titulares estará obligado a declarar en el modelo 720 los saldos totales de la Cuenta de Ahorro Online sin prorratear, indicando el porcentaje de participación del que sea titular sobre los fondos existentes.
La presentación del Modelo 720 debe realizarse siempre de forma telemática. El plazo de presentación comienza el 1 de enero y finaliza 31 de marzo del año siguiente a aquel en que se haya producido una o algunas de las circunstancias que obligan a informar.

Si aún tienes dudas, puedes encontrar más información sobre el Modelo 720 en el siguiente enlace. Dada la complejidad que puede tener en ocasiones el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Modelo 720, y las sanciones y costes que acarrea su incumplimiento o cumplimiento defectuosos, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal tu caso particular.