¿Es Obligatorio el Seguro de Vida para Hipoteca?
Seguro de vida para hipoteca: ¿es obligatorio?
Los seguros vinculados a la Hipoteca siempre generan numerosas dudas entre los clientes. Si estás a punto de firmar con el banco y tienes dudas, a continuación aclaramos si es obligatorio el seguro de vida para las hipotecas.
¿Es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca?
Por Ley, no es obligatorio tener un seguro de vida vinculado a la hipoteca. Digamos que, a la hora de adquirir una propiedad, no es obligatorio pagar este tipo de seguro todos los años. Pero esto no quiere decir que no sea aconsejable hacerlo.
El único seguro que pueden exigir como obligatorio los bancos, es el seguro de hogar. Concretamente, la protección contra los daños provocados por incendios, dado que la vivienda le pertenece al banco hasta que termines de pagarla. Por eso exigen la realización de ese tipo de seguro.
Claro que, pese a no ser obligatorio por ley, hay bancos que lo pueden exigir. También es “obligación” del cliente contratarlo si no quiere dejar deudas a sus seres queridos.
¿Puede el banco obligar a contratar un seguro de vida con la hipoteca?
La respuesta es que sí. El banco pone sus condiciones a la hora de conceder los préstamos hipotecarios a los clientes.
La realidad es que la mayoría de las entidades financieras así lo piden como requisito para dar la hipoteca o bien para poder ofrecerle una cuota más reducida en forma de bonificación.
El banco lo puede poner como requisito para asegurarse de que la persona a la que le concedió el préstamo hará frente al pago de la deuda o que esta será abonada en el caso de fallecimiento del titular. Sin tener que reclamar a los sucesores.
¿Se puede dar de baja un seguro de vida vinculado a la hipoteca?
Sí. Dado que no es obligatorio, lo puedes dar de baja. En cualquier caso, es importante que estudies antes de tramitar la baja las consecuencias de esa decisión, dado que si el tipo de interés está bonificado te podría disparar la cuota mensual a pagar. Míralo antes para no llevarte un buen susto.
No obstante, es importante que eches cálculos, dado que paralelamente también te estarás ahorrando una buena cantidad a pagar todos los años. Por eso es importante que revises bien la documentación para saber cómo están las cosas.
Si decides seguir adelante con la cancelación, que sepas que hay dos momentos posibles en los que puedes hacerlo:
- Antes de 30 días desde que se contrató
- Un mes antes de su renovación automática (suelen ser de carácter anual)
Cuando decidas una de las opciones deberás comentarlo con el banco y con la entidad aseguradora.
¡Cuidado con el seguro de vida hipotecario con una prima única!
Antes de firmar, es importante que te asegures que tu seguro de vida vinculado a la hipoteca no tiene prima única. Esto puede ser una condición de algunos bancos para atar a sus clientes y para que no puedan cambiarse.
Para evitar este tipo de cosas, trata de revisar siempre la letra pequeña. Al igual que debes asegurarte de que el banco solo sea beneficiario de la cantidad que queda por pagar del préstamo, para que las personas que te importan sean las beneficiarias de tu seguro de vida.
¿Por qué es recomendable tener un seguro de vida?
Aunque no es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca, decimos que es recomendable porque es una forma de cubrirte las espaldas en ciertos casos.
Por ejemplo, el seguro de vida cubre la hipoteca. En el caso de fallecimiento, gracias al pago del seguro de vida dejarás las cuentas saldadas a tus seres queridos, evitando que tengan que hacer frente con su propio dinero al pago de la hipoteca.
Por ello, a la hora de contratarlo es importante que trates de negociar con el banco y que calcules cómo te sale mejor; si con el banco disfrutando de bonificaciones o bien sin bonificaciones en la cuota pero con un pago anual inferior con otra aseguradora. Es cuestión de hacer cuentas.
A pesar de que el seguro de vida de la hipoteca no es obligatorio, sí se recomienda. Además, hay seguros de vida que pueden incluir coberturas que ofrecen un extra de protección, no solo en los casos de fallecimiento, sino también de incapacidad o de enfermedad grave. Por lo que te podría resultar más interesante.
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